DERECHO DE MUJER

MARIANELA ZAFARANA

 Abogada especialista en Derecho penal, docente y socia de BPW Biarritz
Dra. Marianela  Zafarana

 


 Mi nombre es Marianela Zafarana, soy abogada especialista en derecho penal. Actúo tanto en representación de denunciantes, víctimas como en calidad de defensora particular de quienes posean la calidad de denunciados,imputados,condenados. 

Asimismo, me desempeño tanto en el fuero provincial como en el Federal. En la ciudad de Mar del Plata y en toda la provincia de Bs As. He realizado numerosos cursos y posgrados.

 A su vez, formo parte de determinados grupos que enriquecen mi profesión: el Instituto de Derecho Penal del Colegio de Abogados de Mar del Plata y BPW Biarritz, mujeres de negocios y profesionales de Mar del Plata .

 
DERECHO DE MUJER

ERRADICAR LA VIOLENCIA 
UN COMPROMISO MUNDIAL

 La violencia de género ha sido tema de interés a nivel mundial existiendo consenso en que debe lograrse un gran cambio cultural para eliminar sus problemas de base: la desigualdad, el abuso de poder y normas que las profundizan. En este orden, se observa un compromiso tanto nacional como internacional para erradicar la violencia sexual, física, psicológica y económica contra la mujer el cual se evidencia en la firma de Tratados y el dictado de normas que no solo definen a la violencia de género como tal sino que establecen acciones y programas que los Estados que son Parte y las reconocen, deben llevar a acabo en sus respectivos territorios. Y claro está que, su incumplimiento, podría generar responsabilidad Estatal a nivel Internacional, cuestión que no es menor. Y en este sentido, y ya en el marco de mi carrera como profesional, es fundamental y notorio por parte de los organismos del Poder Judicial como de los operadores judiciales del Estado Argentino, la aplicación de normas como la Convención de Belem Do Pará (1994), la Ley 26.485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres del año 2009 y el fallo “Góngora” de la CSJN Argentina (2013), constituyendo herramientas fundamentales en la lucha contra las violencias.

 La Convención de Belem Do Para es una herramienta fundamental..

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POR MARIANELA ZAFARANA

 La Convención estableció por primera vez el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias Se trató de un acuerdo al que arribaron países de América y que, a los fines de garantizar y asegurar su cumplimiento por parte de los Estados firmantes, la Asamblea General de la OEA creo el mecanismo de seguimiento de la convención: MESECVI. Tanto la aplicación de la Convención de Belem Do Pará- la cual fue aprobada por nuestro país en el año 1996, bajo el número 24632-, como el resto de las normas y fallos de interés en la materia, se reflejan en la praxis judicial. A modo de ejemplo podría referirme a la Probation. Para quienes no lo conocen, dicho instituto se encuentra regulado en nuestra norma de procedimiento penal provincial - Ley 11922- e implica –en algunos casos y bajo ciertas condiciones-, una solución alternativa al debate oral o juicio que, a la postre, conllevaría el sobreseimiento del imputado. En el caso de delitos de género, su aplicación estaría vedada por aplicación de las normas citadas.

El fallo “Góngora” de la CSJN es consecuencia de la aplicación de las normas referidas.

DERECHO DE MUJER
Por Marianela Zafarana

Otro ejemplo de los beneficios de aplicar leyes y jurisprudencia de ésta índole es que en casos donde por ejemplo, se haya condenado a una persona por delito contra una mujer –vrg. lesiones agravadas por el vínculo-,y por mediar violencia de género. se le exige el sometimiento a tratamientos psicológicos que coadyuven a la comprensión de la gravedad de los actos y a fin de evitar su reiteración. O incluso, la destacada intervención de la mujer víctima de violencia de género en cada etapa del proceso penal. Pues la misma, debe ser oída por el órgano judicial previo a cualquier decisión de mérito (vgrs. Ley 27372 de Victimas) A su vez, resultan relevantes las modificaciones que a lo largo del tiempo se han realizado tanto en nuestro Código Penal Argentino como en las leyes de ejecución penal Provincial y Nacional (Ley 12256 y 24660 respectivamente). Finalmente, no puedo dejar de mencionar la destacada labor que realiza al respecto Naciones Unidas mediante ONU Mujeres, de la cual BPW es parte y posee status consultivo. Desde allí, se realizan numerosas acciones dirigidas a erradicar con firmeza y determinación este tipo de violencias. Por lo que verdaderamente me enorgullece formar parte de BPW pues los logros que se obtengan a nivel internacional serán sin duda alguna aplicados a nivel nacional y en especial, en el ámbito penal al cual me dedico con total compromiso y profesionalismo.

 Existe un compromiso Mundial para erradicar la violencia contra la mujer

— DERECHO DE MUJER por  MARIANELA ZAFARANA

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